Media sanción para la titularización de Fonavis

31/10/08  // 

El proyecto de ley de titularización de Fonavis y otras viviendas sociales construidas por la provincia, impulsado por el gobierno, recibió esta tarde media sanción de la Cámara de Diputados con el apoyo unánime de los legisladores de los distintos bloques políticos.

La sanción de esta ley beneficia a más de 61 mil grupos familiares que por diversas causas no tienen regularizado la situación dominial, edilicia y ocupacional de las unidades habitacionales.

La titular de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo (DPVyU), Alicia Pino, destacó que “esta ley es un reclamo histórico de los adjudicatarios y una deuda que el Estado provincial tiene con estas familias santafesinas con derecho a la escritura”.

El proyecto fue anunciado por el gobernador Hermes Binner en su mensaje de apertura de la Asamblea Legislativa, el 1º de mayo pasado. En esa ocasión, el mandatario provincial afirmó que con la sanción de la ley se empezaría a sanear una situación que data de varios años.

El proyecto fue elaborado por el equipo técnico y político de la DPVyU y surgió en el marco de un lineamiento político que entiende “la seguridad jurídica de la tenencia como componente fundamental del derecho social a la vivienda”, indicó Pino.

Para la elaboración del proyecto el gobierno realizó consultas con los integrantes de la Asociación Amigos de Barrio Fonavi, con el objetivo de formular un diagnóstico más preciso de la situación de los complejos habitacionales.

El establecimiento de este régimen especial pretende “favorecer la titularización mediante la eliminación de las restricciones y obstáculos administrativos, removiendo situaciones variadas como finales de obras, inscripción en el servicio catastral, estado dominial del terreno, deudas fiscales, entre otros”, explicó Pino.

En este sentido, la ley prevé también la firma de convenios con comunas y municipios, entidades intermedias y con la universidad para la puesta en marcha de un programa de recuperación edilicia de los diversos complejos habitacionales, muchos de los cuales presentan grados importantes de deterioro y de ocupación de los espacios comunes.

Además, la propuesta incluye estrategias de presencia territorial y de capacitación institucional de las asociaciones barriales.

Alicia Pino, responsable del área que se encargará de la aplicación de la ley de titularización, afirmó que “este es el inicio de una nueva relación entre el Estado y las familias que viven en los complejos habitacionales ejecutados por la dirección. La ley no se reduce a la posibilidad de la titularización de la vivienda sino que posibilita el abordaje de problemáticas como el mantenimiento de espacios comunes y la recuperación edilicia a través de la formación de consorcios”, detalló la funcionaria provincial.

Enfoque

La redacción del proyecto tiene en cuenta el enfoque del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, que sostiene que “todas las personas deben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia que les garantice una protección legal contra el desahucio, el hostigamiento u otras amenazas”.

Asimismo, indica que “los Estados deben adoptar inmediatamente medidas destinadas a conferir seguridad legal de tenencia a las personas y los hogares que en la actualidad carezcan de esa protección”.

El secretario de Planeamiento, Gerardo Barros, aseguró que “el derecho social a la vivienda se cumple cuando se garantiza la seguridad jurídica y de esta forma la familia tiene un bien inmueble en el marco de la ley “.

De adjudicatario a propietario

La ley reglamenta, a través de sus artículos 3 y 4, los criterios que deben reunir los beneficiarios para poder escriturar sus viviendas.

Al respecto determina que “podrán convertirse en propietarios aquellas personas o grupos que por cualquier acto jurídico realizado por la DPVyU se encuentren en posesión o tenencia de la vivienda”.

En el segundo caso, la iniciativa contempla las situaciones de las personas que no tengan un acto jurídico de por medio pero que cumplan con las condiciones de ocupación preestablecidas en la ley.

El beneficio alcanza a los ocupantes de la vivienda en calidad de unidad única, familiar y permanente, con una antigüedad de 5 años, que asuma el compromiso de pago por el inmueble ocupado.

Cancelación de deudas

En otro de sus puntos, la ley establece las opciones para que el beneficiario cancele en forma anticipada la deuda. Si el adjudicatario tiene los pagos de la cuota al día, podrá cancelar obteniendo un descuento equivalente al cuarenta por ciento de lo adeudado al momento del otorgamiento de la escritura.

Para los casos sociales “debidamente justificados” se podrá condonar hasta un 20 por ciento del total adeudado, u otorgar plazos de gracia para el capital o extender el plazo máximo hasta 5 años.

Escrituras

De acuerdo a los registros de la DPVyU, se calcula que en la actualidad menos del 10 por ciento de los beneficiarios de viviendas financiadas con fondos públicos accedieron a la titularización correspondiente.

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